Ley Orgnánica de Protección de datos. Servicios Adaptación LOPD para Empresas

  • Como ciudadanos nos preocupa relativamente el tratamiento de los datos de carácter personal cuando son de carácter básico (nombre, dirección, teléfono...), pero ¿y cuando se trata de datos más sensibles? (renta, solvencia, recibos, afiliación sindical o política, salud, vida sexual...). Toda esta información puede ser utilizada de manera inadecuada.

    Es por ello que todas las empresas privadas o públicas, así como profesionales liberales deben adaptarse a la legislación teniendo en cuenta que deben conjugar, por un lado, los derechos que poseen los ciudadanos sobre el uso, tratamiento y destino de sus datos y, por otro, las medidas de tipos organizativas y técnicas que debemos establecer en nuestra organización para garantizar la seguridad de la información.

    El cumplimiento de las obligaciones legales en materia de protección de datos es imprescindible; la LOPD establece unas sanciones económicas a los titulares de los ficheros y a los responsables del tratamiento de los datos, para los casos en que no se cumpla con la legislación sobre Protección de datos, siendo estas sanciones las más elevadas de nuestro entorno europeo.

    EL DESCONOCIMIENTO DE LA LEY NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO. EL TITULAR DE LOS DATOS NO ES QUIEN LOS POSEE EN UN FICHERO, SINO EL INDIVIDUO AL QUE SE REFIEREN LOS DATOS.

    LAS SANCIONES APLICADAS HASTA EL MOMENTO POR LA AGENCIA ESPAÑOLA DE
    PROTECCIÓN DE DATOS OSCILAN DE MEDIA ENTRE LOS 600€ Y LOS 300.000 €
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